Ir al contenido
  • English
Menu
  • English
  • Servicios
  • Conocimiento
  • Personas
    • Socios
    • Directores
    • Asociados
    • Químicos e Ingenieros Químicos
    • Todas las personas
  • Firma
    • Sobre nuestra firma de abogados
    • Reconocimientos
    • Alianzas y Membresías
    • ProBono
    • Trabaje con nosotros
  • Contacto
Menu
  • Servicios
  • Conocimiento
  • Personas
    • Socios
    • Directores
    • Asociados
    • Químicos e Ingenieros Químicos
    • Todas las personas
  • Firma
    • Sobre nuestra firma de abogados
    • Reconocimientos
    • Alianzas y Membresías
    • ProBono
    • Trabaje con nosotros
  • Contacto
Menu
  • Servicios
  • Conocimiento
  • Personas
    • Socios
    • Directores
    • Asociados
    • Químicos e Ingenieros Químicos
    • Todas las personas
  • Firma
    • Sobre nuestra firma de abogados
    • Reconocimientos
    • Alianzas y Membresías
    • ProBono
    • Trabaje con nosotros
  • Contacto
Lloreda Camacho abogados colombia
×
  • Comercio Exterior, Logística y Aduanero, Legal Update

A más tardar el 20 de junio de 2023 el Congreso debe emitir un nuevo régimen sancionatorio aduanero

  • marzo 16,2022
Compartir:

A MÁS TARDAR EL 20 DE JUNIO DE 2023 EL CONGRESO DEBE EMITIR
UN NUEVO RÉGIMEN SANCIONATORIO ADUANERO

La Corte Constitucional mediante Sentencia C-441/21 declaró inexequible el numeral 4 del artículo 5 de la Ley 1609 de 2013, en el cual se establecía que el Régimen sancionatorio y el decomiso de mercancías en materia de aduanas, así como el procedimiento aplicable, deberá estar consagrado en los decretos que en desarrollo de dicha ley Marco expida el Gobierno Nacional.

Lo anterior, teniendo en cuenta que la mencionada potestad regulatoria no está comprendida dentro de las facultades que le corresponde cumplir al Gobierno según lo previsto en los artículos 150.19 literal c) y 189 numeral 25, las cuales corresponden a la modificación de aranceles, tarifas y demás disposiciones concernientes al régimen de aduanas, que se orientan al logro de finalidades o razones de política comercial.

De la misma forma, la Corte señaló en la sentencia que, con el artículo demandado el legislador desconoció los principios de legalidad y de tipicidad que integran el debido proceso (art. 29 de la Constitución), toda vez que trasladó al Gobierno, de manera abierta e irregular, una potestad que es de su competencia exclusiva.

Finalmente, la Corte señaló que la expulsión inmediata de la norma demandada del ordenamiento jurídico puede causar traumatismo y generar riesgos para la preservación y respeto del régimen aduanero, por lo cual declaró su inexequibilidad con efectos diferidos hasta el 20 de junio de 2023, con el fin de permitir que en dicho lapso, el Congreso de la República, expida la ley ordinaria que regule el régimen sancionatorio y el decomiso de mercancías en materia de aduanas, así como el proceso administrativo aplicable.

Autora: Diana Ramírez I [email protected] I Comercio Exterior, Logística y Aduanero

Abogados destacados en
esta solución

Loading...
Ignacio Santamaría
  • [email protected]
Diana Ramírez
  • [email protected]

Áreas de práctica

Loading...
Comercio exterior, logística y aduanero

Contáctenos

Para conocer más de este contenido déjenos sus datos para ponernos en contacto
Síganos en:
Twitter
Enlaces
  • Servicios
  • Conocimiento
  • Personas
  • Firma
  • Contacto
  • Circulares Corporativas 2023
Menu
  • Servicios
  • Conocimiento
  • Personas
  • Firma
  • Contacto
  • Circulares Corporativas 2023
Informacion de contacto Bogota


Dirección: Calle 72 No 5-83 Piso 5
PBX: (+57 601) 326 42 70 
Fax: (+57 601) 606 97 00
Email: [email protected]

Enlaces

  • Servicios
  • Conocimiento
  • Personas
  • Firma
  • Contacto
  • Circulares Corporativas 2023
Menu
  • Servicios
  • Conocimiento
  • Personas
  • Firma
  • Contacto
  • Circulares Corporativas 2023

Información de contacto Bogotá


Dirección: Calle 72 No 5-83 Piso 5
PBX: (+57 1) 326 42 70 – (+57 1) 606 97 00
Fax: (+57 1) 606 97 00
Email: [email protected]

Todos los derechos reservados LLOREDA CAMACHO & CO 2023
Políticas de privacidad
Régimen de Medidas Mínimas – SAGRILAFT
Régimen de Medidas Mínimas SAGRILAFT