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  • Legal Update, Minería – Recursos naturales

Actualización de la Política Nacional de Seguridad Minera

  • julio 11,2022
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El pasado 10 de junio de 2022, el Ministerio de Minas y Energía (“MME”) expidió la Resolución No. 40209, mediante la cual adoptó la Política Nacional de Seguridad Minera (“PNSM”) – 2022 y dejó sin efectos la versión hasta ahora vigente, la cual había sido acogida mediante la Resolución No. 181467 del 9 de septiembre de 2011.

Como parte de la evaluación de la seguridad en el sector minero, el MME identificó un aumento de un 40% de los accidentes en comparación con las cifras reportadas en 2011, del cual el 82% corresponde a aquellos causados por fallas geomecánicas, atmósfera contaminada o irrespirable y explosiones.

En atención a lo anterior, el MME consideró necesario actualizar la PNSM 2011, con el fin de establecer objetivos y metas específicas para crear una estrategia gerencial de plan de acción y una correcta armonización en la implementación. A continuación, se exponen los objetivos principales en la nueva PNSM:

  1. Reducción de 40% de los índices de accidentalidad para el 2025 y reducción de 80% para el 2030.
  2. Implementación de mecanismos y herramientas para la prevención de accidentes mediante estrategias de sensibilización y conciencia, incluyendo: (i) diseño de guías y protocolos para la identificación y manejo de los riesgos inherentes a la actividad minera; (ii) creación de mecanismo de incentivo y reconocimiento a labores mineras con alto desempeño de seguridad; y (iii) creación de mecanismo para medir la eficiencia de las capacitaciones brindadas a los trabajadores mineros.
  3. Verificación del cumplimiento de las obligaciones y reporte de información, lo cual incluye: (i) coordinar visitas e inspecciones conjuntas con las autoridades competentes, para evaluar la accidentalidad y enfermedad laboral; (ii) realizar un inventario de las explotaciones mineras con antecedentes de presencia de metano y/o gases tóxicos, incendios, derrumbes, incumplimiento de las normas o medidas de seguridad, entre otros; y (iii) diseñar una herramienta de reporte de accidentalidades, en el cual se establecerá los responsables del diligenciamiento y de la verificación.
  4. Creación del Sistema Nacional de Seguridad Minera, que permita (i) la ejecución, verificación y cumplimiento de la PNSM 2022 y (ii) promover la firma de acuerdos entre las diferentes figuras que permiten la explotación y las autoridades competentes para el mejoramiento de la seguridad minera.
  5. Impulsar iniciativas legislativas para definir la responsabilidad en materia laboral, civil, penal y administrativa, derivada de la ocurrencia de los accidentes mortales.

Así las cosas, en virtud de los plazos establecidos en la PNSM, las autoridades deberán implementar los mecanismos, herramientas y/o acciones necesarias para cumplir con los objetivos y metas establecidas en la misma.

Autora: Sofía Ángel I [email protected] I Minería y Recursos Naturales

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