TEMAS
- Modificaciones a DAA y trámite de licenciamiento ambient
- Medidas extraordinarias y transitorias sobre programas posconsumo de residuos
- Prohibición a productos y equipos que contengan o utilicen sustancias controladas bajo el Protocolo de Montreal
- Modificaciones al régimen de aprovechamiento de productos de la flora silvestre con fines comerciales
- Extensión del término para entrada en vigencia de código de colores para residuos no peligrosos
- Recapitulación de proyectos de ley y acto legislativo
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I. DECRETOS – GOBIERNO NACIONAL
TEMA
NÚMERO
FECHA
ENTIDAD
DESCRIPCIÓN
El MADS expidió el decreto mediante el cual modifica parcialmente el Decreto 1076 de 2015, en relación con la regulación aplicable al Diagnóstico Ambiental de Alternativas (“DAA”) y licenciamiento ambiental. Especìficamente, se incluyeron los siguientes cambios:
1. El acto administrativo que selecciona la alternativa tendrá una vigencia de tres años. Por tanto, durante ese término, el interesado debe presentar la solicitud de licencia ambiental con base en la alternativa seleccionada por la autoridad ambiental.
2. La solicitud de licencia ambiental presentada con base en una alternativa distinta a la seleccionada por la autoridad ambiental, será rechazada.
3. La presentación del acta de protocolización de la consulta previa o del pronunciamiento de no procedencia de la misma, es indispensable para la evaluación de la solicitud de licencia ambiental.
4. Durante el trámite de evaluación de la solicitud de licencia ambiental, la autoridad ambiental puede solicitar la actualización del pronunciamiento sobre la procedencia o no de la consulta previa de parte de la Autoridad Nacional de Consulta Previa, lo cual suspenderá los términos hasta por 18 meses, cumplidos los cuales procederá el archivo del trámite.
5. Se prevé la suspensión del trámite de licenciamiento ambiental o prórroga de los términos del mismo, por motivos de fuerza mayor o caso fortuito.
II. PROYECTOS DE REGULACIÓN – GOBIERNO NACIONAL
TEMA
NÚMERO
ENTIDAD
DESCRIPCIÓN
El MADS publicó el borrador de la resolución mediante la cual establecería medidas extraordinarias y transitorias, referidas al cumplimiento de las metas e indicadores de recolección y gestión de residuos posconsumo durante el 2020, con ocasión de emergencia ocasionada por el Covid-19. En particular, el proyecto de resolución, prevé, entre otros, las siguientes medidas:
1. Porcentajes más laxos de cumplimiento de las metas de recolección para el año 2020 (los porcentajes varían según el producto objeto del sistema posconsumo), previa presentación de justificación a la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (“ANLA”).
2. Aplazamiento en el cumplimiento de las metas de recolección y gestión de 2020, para quienes no alcancen a dar cumplimiento a las mismas; previa justificación ante la ANLA, el cumplimiento de 2020 podría ser diferido hasta por cinco años.
3. Los requisitos en materia del cubrimiento geográfico y de cobertura de población, podràn darse por cumplidos para 2020, con la presentación de la justificación de las dificultades para mantener o ampliar la cobertura debido al aislamiento preventivo obligatorio y las medidas adoptadas para superar dichas dificultades.
TEMA
NÚMERO
ENTIDAD
DESCRIPCIÓN
El MADS publicó el proyecto de norma mediante la cual modificaría el Decreto 1076 de 2015, en el sentido de regular el manejo sostenible de la flora silvestre y de los productos forestales no maderables con fines comerciales, con el fin de disminuir la presión sobre los bosques naturales y de contribuir a contrarrestar las causas de la deforestación.
De acuerdo con el proyecto de regulación, los interesados podrían adelantar actividades de manejo sostenible de flora y silvestre y productos forestales no maderables, por ministerio de la ley, permiso, asociación, autorización o concesión, según las condiciones de cada caso.
TEMA
NÚMERO
ENTIDAD
DESCRIPCIÓN
El MADS y MVCT publicaron el proyecto de resolución mediante el cual extenderían la entrada en vigencia del artículo 4 de la Resolución 2184 de 2019, en relaciòn con la implementación del código de colores para la presentación de residuos sólidos no peligrosos en bolsas o recipientes, hasta el 1 de julio de 2022, para las actividades señaladas en el artículo 2.8.10.2 del Decreto 780 de 2016.
III. PROYECTOS DE LEY Y DE ACTO LEGISLATIVO
CÁMARA DE REPRESENTANTES
SENADO
Autora
Natalia Soto | [email protected] | Minería y Recursos Naturales