| Temas |
| Proyecto de reglamentación del artículo 7 de la Ley 2250 de 2022 |
| Proyecto de Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva en el Cesar |
| Precio base para liquidación de regalías |
| Proyectos de ley |
I. PROYECTO DE RESOLUCIÓN – AGENCIA NACIONAL DE MINERÍA (“ANM”)
| Tema | Reglamentación del artículo 7 de la Ley 2250 de 2022 |
| Descripción | La ANM publicó para comentarios un proyecto de resolución que regula los plazos y mecanismos para la adición o devolución de porciones de celdas parcialmente ocupadas por títulos mineros, que pueden coincidir con la presencia de mineros tradicionales. La ANM elaborará un inventario de los títulos en esta situación y expedirá autos para que los titulares manifiesten si desean adicionar o devolver dichas porciones. En caso de devolución, los titulares tendrán dos meses para solicitarla; la ANM contará con tres meses para decidir y, de ser aprobada, con cuatro meses para tramitar el otrosí correspondiente. En caso de adición, los titulares tendrán seis meses para presentar la solicitud. Si no existen mineros tradicionales en la celda, deberán presentar un estudio técnico dentro de los tres meses siguientes y la ANM contará con cuatro meses para formalizar el otrosí. Si se identifica la presencia de mineros tradicionales, el Ministerio de Minas y Energía iniciará la ruta de mediación. En caso de fracaso, el título mantendrá sus condiciones y coordenadas originales; si la mediación resulta exitosa, la ANM aplicará el mecanismo de formalización acordado. Cuando exista concurrencia de títulos mineros en una misma celda, la adición solo será viable con el consentimiento de todos los titulares. Finalmente, para aquellos titulares que no estén interesados en adicionar o devolver, los títulos se mantendrán en las condiciones y coordenadas en que fueron otorgados, sin perjuicio de que se adelante la mediación si se encuentran mineros tradicionales en las celdas parcialmente ocupadas. |
II. PROYECTO DE RESOLUCIÓN – MINISTERIO DE MINAS Y ENERGÍA
| Tema | Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva en el Cesar |
| Descripción | El Ministerio de Minas y Energía propone la delimitación del Distrito Minero Especial para la Diversificación Productiva, denominado “Distrito Especial del Corredor de Vida del Cesar”, el cual abarcará los municipios de Agustín Codazzi, Becerril, Chiriguaná, El Paso y La Jagua de Ibirico en el departamento del Cesar, con una extensión de 565.316 hectáreas. El objetivo de este distrito es promover la diversificación productiva, fomentar la asociatividad de pequeños mineros, impulsar la industrialización a partir de minerales estratégicos, facilitar la reconversión laboral hacia sectores acordes con la transición justa, fortalecer alternativas productivas sostenibles y contribuir a la soberanía alimentaria, además de propiciar la resolución concertada de conflictos derivados de la minería. Para su implementación se tienen tres instancias de trabajo: la Mesa Interinstitucional Nacional, encargada de dirigir y concertar la política pública del distrito; la Mesa Interinstitucional y Social del Distrito, que coordinará la acción institucional, comunitaria y territorial en la formulación y ejecución del Plan Estratégico de Gestión; y las Mesas Temáticas o Zonales, concebidas como espacios de participación ciudadana para presentar propuestas y recomendaciones. El Plan Estratégico de Gestión deberá elaborarse en un plazo máximo de cuatro meses a partir de la instalación de la Mesa Interinstitucional y Social, e incluirá acciones y metas en las dimensiones minera, social, económica, ambiental, étnica e institucional, con indicadores de seguimiento y articulación con los planes de desarrollo nacional, departamental y municipal. La resolución entrará en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial. |
III. RESOLUCIONES – UNIDAD DE PLANEACIÓN MINERO – ENERGÉTICA
| No. | Objeto | Periodo |
| 828 de 2025 | Por la cual se determina el precio base para la liquidación de regalías de Níquel. | Cuarto trimestre del año 2025. |
| 826 de 2025 | Por la cual se determina el precio base para la liquidación de regalías de carbón. | Cuarto trimestre del año 2025. |
| 827 de 2025 | Por la cual se determinan los precios base para la liquidación de las regalías de piedras y metales preciosos, minerales de hierro, minerales metálicos y concentrados polimetálicos, aplicables al tercer trimestre de 2025 | Cuarto trimestre del año 2025. |
| 296 de 2025 | Por la cual se determina el precio base para la liquidación de regalías de minerales no metálicos. | Anualidad 2025-2026. |
IV. PROYECTOS DE LEY Y ACTO LEGISLATIVO
| No. | Objeto | Estado |
| 257/2024 Cámara | Por medio del cual se prioriza la destinación de la maquinaria pesada y sus partes decomisada en actividades de minería ilegal, para el desarrollo de obras PDET y ZOMAC, se crea el Fondo Nacional de Maquinaria Pesada Decomisada en Actividades de Minería Ilegal, se modifican los parágrafos 1° y 3° del artículo 105 de la ley 1801 de 2016 y se dictan otras disposiciones. | Publicada ponencia segundo debate. |
| 451/2024Cámara | Por medio del cual se promueve e incentiva el desarrollo del ecosistema del hidrógeno de bajas emisiones en Colombia con el fin de garantizar una correcta transición energética y se dictan otras disposiciones – Economía del hidrógeno. | Publicada ponencia tercer debate. |
| 42/2025Cámara | Por medio de la cual se dictan disposiciones sobre pequeña minería y la minería de subsistencia en Colombia. | Radicado. |
| 86/2025Senado | Por medio de la cual se derogan disposiciones que ordenan la destrucción de maquinaria pesada decomisada en actividades ilícitas y se dictan medidas para su aprovechamiento en la mecanización del campo colombiano y otras disposiciones. | Radicado. |
| 33/2025Cámara | Por medio del cual se adiciona el numeral 13 al artículo 2.2.3.1.2.1 al Decreto 1069 de 2015 en lo relativo a las reglas de reparto de la acción de tutela en acciones relacionadas con proyectos de interés nacional | Pendiente primer debate. |
| 282/2025Senado | Por medio de la cual se expide la “Ley Minera para la Transición Energética Justa, la Reindustrialización Nacional y la Minería para la Vida” y se dictan otras disposiciones | Radicado. |