INFORME 75: INTEGRACIÓN DEL INFORME 50 Y DEL INFORME 52
La Superintendencia de Sociedades emitió la Circular Externa No. 100-000003, la cual introduce importantes cambios en la presentación de informes para las empresas consideradas Sujetos Obligados a implementar Sistema de Autocontrol y Gestión del Riesgo Integral de Lavado de Activos, Financiación del Terrorismo y Financiación de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (“SAGRILAFT”), el Régimen de Medidas Mínimas del SAGRILAFT y el Programa de Transparencia y Ética Empresarial (“PTEE”), según los Capítulos X y XIII de la Circular Básica Jurídica.
Una de las novedades más destacadas es la integración del Informe 50 y el Informe 52 en el nuevo Informe 75. Esta medida busca simplificar los procesos y hacer más eficiente la presentación de información relevante.
Si tu empresa está clasificada como Sujeto Obligado a contar con SAGRILAFT y/o PTEE, es importante que tomes nota de los siguientes plazos para la presentación del Informe 75 con corte al 31 de diciembre de 2022:
INFORME 75 CON CORTE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2022 | |
ÚLTIMOS DOS (2) DÍGITOS DEL NIT SIN DIGITO DE VERIFICACIÓN (DV) | PLAZO MÁXIMO PARA EL ENVÍO DE INFORMACIÓN |
01 – 10 | Lunes, 23 de octubre |
11 – 20 | Martes, 24 de octubre |
21 – 30 | Miércoles, 25 de octubre |
31 – 40 | Jueves, 26 de octubre |
41 – 50 | Viernes, 27 de octubre |
51 – 60 | Lunes, 30 de octubre |
61 – 70 | Martes, 31 de octubre |
71 – 80 | Miércoles, 1 de noviembre |
81 – 90 | Jueves, 2 de noviembre |
91 – 00 | Viernes, 3 de noviembre |
Para futuros cortes y años, se deberán tener en cuenta los siguientes plazos, basados en los dos (2) últimos dígitos del NIT del Sujeto Obligado:
INFORME 75 PARA CORTES Y AÑOS SIGUIENTES | |
ÚLTIMOS DOS (2) DÍGITOS DEL NIT SIN DIGITO DE VERIFICACIÓN (DV) | PLAZO MÁXIMO PARA EL ENVÍO DE INFORMACIÓN |
01 – 10 | Décimo primer día hábil del mes de julio |
11 – 20 | Décimo segundo día hábil del mes de julio |
21 – 30 | Décimo tercero día hábil del mes de julio |
31 – 40 | Décimo cuarto día hábil del mes de julio |
41 – 50 | Décimo quinto día hábil del mes de julio |
51 – 60 | Décimo sexto día hábil del mes de julio |
61 – 70 | Décimo séptimo día hábil del mes de julio |
71 – 80 | Décimo octavo día hábil del mes de julio |
81 – 90 | Décimo noveno día hábil del mes de julio |
91 – 00 | Vigésimo día hábil del mes de julio |
La circular también fijó los plazos y requisitos en relación con el Informe 42 – Prácticas Empresariales, el cual deberá ser presentado anualmente por las sociedades que se encuentren bajo vigilancia y control de la Superintendencia de Sociedades[1], de acuerdo con los siguientes plazos:
INFORME 42 | |
ÚLTIMOS DOS (2) DÍGITOS DEL NIT SIN DÍGITO DE VERIFICACIÓN (DV) | PLAZO MÁXIMO PARA EL ENVÍO DE INFORMACIÓN |
01 – 10 | Décimo primer día hábil del mes de julio |
11 – 20 | Décimo segundo día hábil del mes de julio |
21 – 30 | Décimo tercero día hábil del mes de julio |
31 – 40 | Décimo cuarto día hábil del mes de julio |
41 – 50 | Décimo quinto día hábil del mes de julio |
51 – 60 | Décimo sexto día hábil del mes de julio |
61 – 70 | Décimo séptimo día hábil del mes de julio |
71 – 80 | Décimo octavo día hábil del mes de julio |
81 – 90 | Décimo noveno día hábil del mes de julio |
91 – 00 | Vigésimo día hábil del mes de julio |
Finalmente, mediante la misma circular, la Superintendencia de Sociedades se refirió a la presentación del Informe 58 – Oficiales de Cumplimiento, indicando que, dicho informe junto con los documentos adicionales, deberá ser presentado por los Sujetos Obligados a contar con un Oficial de Cumplimiento SAGRILAFT y/o PTEE, conforme a lo dispuesto en la Circular Básica Jurídica, dentro de los quince (15) días hábiles siguientes a su nombramiento o cambio por el órgano competente.
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Autor: Alejandra Villada I [email protected] I Derecho Corporativo