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Lloreda Camacho abogados colombia
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  • Resolución de Disputas y Reorganización Empresarial

¿Es conveniente recurrir al arbitraje para resolver pleitos empresariales?

  • mayo 30 , 2017
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Con la creación de la Delegatura para Procedimientos Mercantiles de la Superintendencia de Sociedades, se disparó el crecimiento en el litigio corporativo. De hecho, para el cierre de este año, se espera un crecimiento de 700 % de la figura.
Aunque al arbitraje parece ser muy útil para resolver de manera efectiva y práctica los pleitos empresariales, no todo es tan sencillo. El crecimiento de este modelo en el último año, trajo consigo la incorporación de cláusulas compromisorias en los estatutos, lo que en algunos casos reduce eficiencia a la resolución de dichas disputas.
Así que pactar arbitraje en los estatutos de las sociedades, puede ser positivo dependiendo de cada situación. No está bien o mal utilizar la figura mencionada, pero antes de tomar la decisión es bueno hacerse dos preguntas: ¿es estratégico pactar el arbitraje? Y ¿es eficiente en términos de recursos?
Es necesario tomar en cuenta elementos como la certeza y rapidez que ha demostrado la Superintendencia de Sociedades para resolver conflictos societarios, así como la naturaleza e implicaciones de la variedad de pleitos que pueden presentarse. A partir de este punto, decidir si vale la pena o no invertir en un tribunal arbitral para que resuelva casos como la impugnación de un acta por parte de un accionista inconforme. Esto debido a que generalmente, estos pleitos no tienen cuantía determinada y que suelen resolverse únicamente con pruebas documentales.
Por otro lado, es importante considerar factores económicos como gastos propios del arbitraje, honorarios de árbitros, tiempo y costos que un litigio societario pueden significarle a la empresa. Con ello en mente, parece razonable que se resuelvan pleitos como las impugnaciones y declaratorias de presupuestos de ineficacia de decisiones sociales de la manera más rápida y económica posible, así se evita que la compañía incurra en costos de arbitraje y frene sus decisiones por la inconformidad de un socio que bien podría solucionarse con la agilidad y especialidad que ha caracterizado a la Delegatura para Procedimientos Mercantiles.
Siempre existirán conflictos que por su especial cuidado justificarán la figura del arbitraje. Por ejemplo, en un conflicto de accionistas que involucre a su vez acuerdos parasociales y discrepancias financieras relevantes. En ese caso se justificaría invertir en un tribunal arbitral especializado, en el cual se discutan asuntos de alta confidencialidad y complejidad para la compañía y sus socios.
Finalmente es importante que no nos confiemos del formato de los estatutos, y al momento de negociar e incluir una cláusula compromisoria tomemos en cuenta factores como los costos, la rapidez, la eficacia y la especialidad de los conflictos. Se deben  diseñar cláusulas que no teman excluir algunos pleitos de la competencia de los árbitros con la claridad suficiente para evitar confusiones y mayores desgastes, y con ello lograr una administración de los conflictos que permita tanto ahorrar en los costos del litigio, como brindar la suficiente seguridad y certeza para la compañía y sus accionistas.

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© Lloreda Camacho & Co. Derechos de Autor Reservados. Prohibida su reproducción.

Autor: Ricardo Saldarriaga

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