En un mundo globalizado y competitivo, las grandes compañías y sus publicistas se enfrentan hoy en día ante el reto de capturar la atención del público consumidor, superando el tradicional método publicitario visual, aprovechándose de los cinco sentidos de las personas para percibir marcas en el mercado. Estas marcas son las denominadas marcas sonoras, animadas, táctiles, gestuales, de posición y holográficas, de movimiento, olor entre otras.
Gracias al éxito de esta nueva técnica publicitaria, la protección de las marcas no tradicionales entra en auge para defenderlas y posicionarlas en el mercado.
Colombia no es ajena a esta tendencia. Recientemente en el país se ha despertado el interés de los empresarios por registrar marcas con estas características, que identifiquen sus productos en el mercado y los diferencien de la competencia frente a la mente del consumidor.
El mayor reto para lograr su protección es cumplir con el requisito de distintividad que nos exige la Decisión 486 de 2000 de la Comunidad Andina, entendido como aquel que le permite al consumidor identificar el producto y diferenciarlo de los demás. Dentro de las marcas no tradicionales nos encontramos ante varios casos ya registrados, siendo destacables los siguientes:
Gracias a los grandes avances de la industria publicitaria, la protección de las marcas no tradicionales entra en auge y es un reto adicional de las empresas posicionar estas nuevas marcas en la mente del consumidor. El reto de nosotros es poder ayudar al empresario a entender el procedimiento que protegerá su marca no tradicional, un tema coyuntural que toma mucha fuerza dentro de las compañías tanto nacionales como extranjeras.
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Autor: Cristina Velasco