La DIAN expidió la Resolución No. 00005 de 2026 para reglamentar el impuesto nacional sobre productos plásticos de un solo uso en importaciones, en cumplimiento de la sentencia C‑099 de 2025 de la Corte Constitucional. Esta decisión eliminó la restricción “para consumo propio” del artículo 51 de la Ley 2277 de 2022, ampliando el hecho generador a envases, empaques y embalajes plásticos que ingresen al país junto con bienes terminados. En consecuencia, los importadores deben declarar y pagar el impuesto incluso cuando el plástico no sea objeto principal de la operación.
Sujetos obligados
La resolución cobija a importadores que deban declarar y liquidar el impuesto por plásticos de un solo uso utilizados para envasar, empacar o embalar bienes, así como a quienes importen bienes terminados que contengan estos plásticos.
Plazo para declarar, liquidar y pagar el IPUSUI
| Obligación | Plazo |
| Presentar la declaración del impuesto en el Formulario 330 | 13 de febrero de 2026 |
| Efectuar el pago del impuesto determinado en el Formulario 330 mediante el Formulario 490 | 13 de febrero de 2026 |
| Diligenciar y presentar el Formato 3300 para esta vigencia 2025 | 31 de marzo de 2026 |
Sanciones
El incumplimiento de estas obligaciones formales dará lugar a las sanciones previstas en el numeral 11 del artículo 643 del Estatuto Tributario, equivalentes al 20% del impuesto que debió pagarse.