Es importante tener en cuenta que hoy, invenciones de altísima calidad e ingenio no logran contar con la protección adecuada, como patentes de invención o de modelos de utilidad, por la falta de recursos financieros. Desde 2015 La Delegatura de la Propiedad Industrial de la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a través de sus centros de apoyo para inventores, Centro de Información Tecnológica y apoyo a la Gestión de la Propiedad Intelectual (Cigepi) y los Centros de Apoyo a la Tecnología y a la Innovación (Cati), comenzaron a coordinar este programa de apoyo en Colombia para este sector.
Al ver la realidad, por la que atraviesan muchos inventores de escasos recursos, la Organización Mundial de Propiedad Intelectual (Ompi) y el Foro Económico Mundial (FEM) decidieron crear el Programa de Asistencia Legal para Inventores (PAI), el cual consiste en un asesoramiento gratuito de abogados especializados en patentes, a los inventores, logrando así, incentivar el uso del sistema de Propiedad Industrial. Este apoyo permite a su vez eliminar las barreras de acceso al sistema de patentes y fortalece la economía local.
El programa da inicio desde el momento que los inventores interesados envían sus propuestas a los centros de apoyo, quienes son los encargados de seleccionar los beneficiarios del programa y dan aviso a la Organización Mundial de Propiedad Intelectual. Después de esto, la Ompi es la entidad encargada de vincular al inventor con el abogado especializado en el tema.
Las ventajas y beneficios que se reciben a través del programa, suelen ser para ambas partes, debido a que por un lado, se mejora el acceso de los inventores al sistema de patentes generando réditos económicos y sociales a la economía del país. Y por el otro, los abogados de patentes fomentan el uso y desarrollo de esta esfera del derecho, que requiere conocimientos jurídicos y técnicos.
Hoy existen más de 40 abogados independientes y firmas de abogados inscritos al programa, donde Lloreda Camacho & Co cuenta con tres abogados asesorando a inventores. Los profesionales que se pueden adherir al programa, serán aquellos abogados que puedan ejercer en Colombia, solo deberán presentar su solicitud y completar el formulario de solicitud que se encuentra en la página de la Ompi.
Para inscribirse:
El inventor que quiera acceder a este beneficio, deberá cumplir con los siguientes requisitos y así participar en el PAI:
1. Conocer el trámite de patente. Para cumplir con este requisito, la Ompi creó un curso de formación que certifica el conocimiento mínimo al inventor.
Sin embargo, el inventor también puede demostrar conocimiento si presentó una solicitud de patente recientemente.
2. Nivel de ingresos. Comprobación de no tener los recursos mínimos para iniciar un trámite de patente, existiendo tres supuestos:
(i) Inventor con ingresos mensual menor a 4 Smmlv.
(ii) Pequeñas empresas según la Ley 905/04.
(iii) Micro empresas según la Ley 905/04.
3. Invención idónea. De acuerdo a la norma aplicable, esto es, la Decisión 486 del 2000, el objeto a presentar debe cumplir con los requisitos exigidos para otorgar una patente.
Para que la invención sea patentable debe ser nueva, es decir, no conocida en el mundo antes de su presentación; también debe contar nivel inventivo, lo que significa que no resulta obvia ni es una conclusión evidente para alguien versado en la materia y, finalmente, debe tener una aplicación práctica en la industria.
4. El inventor debe tener nacionalidad o residencia en Colombia.
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Autor: Ana Carolina Petro