Mediante el Decreto 278 del 15 de marzo de 2021, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo modificó el Decreto 2147 de 2016, con el fin de modernizar y mejorar la competitividad de las zonas francas en el país, mediante la simplificación de requisitos y el fortalecimiento del marco institucional.
Entre las principales modificaciones introducidas al régimen de zonas francas encontramos las siguientes:
- Se permite el reconocimiento de activos intangibles para cumplimiento del compromiso de inversión, hasta el veinte por ciento (20%) del total de la nueva inversión comprometida.
- Se permite la declaratoria de existencia de zonas francas para el desarrollo de proyectos de infraestructuras relacionadas con puertos, aeropuertos y ferrocarriles.
- El término máximo de prórroga de la declaratoria de existencia, tanto de las zonas francas permanentes especiales como de las zonas francas permanentes, será de treinta (30) años.
- Se tendrán en cuenta para el cumplimiento de compromisos, los empleos y la inversión generados a partir de la radicación de la solicitud de declaratoria de una zona franca. En estos casos, la inversión no podrá exceder el veinte por ciento (20%) del compromiso legalmente establecido.
- Se redujo el número de requisitos para el trámite de declaratoria de nuevas zonas francas de 57 a 24 requisitos.
- Se elimina el requisito de área mínima para la declaratoria de existencia de zonas francas permanentes dedicadas exclusivamente a la prestación de servicios, siempre y cuando esta se ubique en municipios o distritos que tengan menos de un millón de habitantes.
- Se permite la modificación de la declaratoria de existencia de zonas francas permanentes especiales de servicios a zonas francas permanentes dedicadas exclusivamente a la prestación de servicios, con el objetivo de calificar usuarios industriales de servicios que presten servicios de ciencia, tecnología, innovación, cultura, entre otros.
- Se permite la reducción del compromiso de empleo y/o inversión para usuarios industriales de zonas francas permanentes especiales de servicios que realicen exportaciones efectivamente canalizadas a través del mercado cambiario.
- Con miras a promocionar el comercio electrónico, se permite a los usuarios industriales el uso de las modalidades de tráfico postal y envíos urgentes.
- Se crea el Comité Técnico de Zonas Francas dentro del Sistema Nacional de Competitividad e Innovación.
Autor: Diana Ramírez I [email protected] I Comercio Exterior, Logística y Aduanero