NOVEDADES EN CONTRATACIÓN ESTATAL CON OCASIÓN DE LA SANCIÓN DE LA LEY DE TRANSPARENCIA
Con ocasión de la sanción presidencial de la Ley 2195 de 2022 —denominada nueva Ley de Transparencia— entran en vigencia nuevas disposiciones en materia de contratación estatal. A continuación resumimos las más relevantes:
A partir de la expedición de esta Ley y con un periodo de implementación de 6 meses, todas las entidades gubernamentales con un régimen de contratación especial, distinto a la Ley 80 de 1993, deberán publicar los documentos asociados con su contratación en la plataforma electrónica de contratación —SECOP II— incluyendo documentos precontractuales.
Los pliegos tipo serán aplicables a la contratación de obras públicas, interventoría, diseños y consultoría para estas obras, incluso cuando sean contratados con entidades estatales regidas por el derecho privado. Adicionalmente, las entidades expresamente exentas del uso obligatorio de pliegos tipo —Instituciones de Educación Superior públicas, las Empresas Sociales del Estado, las sociedades de economía mixta y las empresas industriales y comerciales del Estado (únicamente en cuanto a la contratación de su giro ordinario)—, definirán en sus manuales de contratación el uso de pliegos tipo como práctica recomendable.
Los contratistas que hayan sido objeto de dos o más multas durante la ejecución de contratos que desarrollen el Programa de Alimentación Escolar estarán inhabilitados por diez años para contratar con el Estado colombiano.
Las conductas de soborno trasnacional implicarán, además de las consecuencias ya previstas en la Ley, la inhabilidad de las sociedades subordinadas para contratar con el Estado colombiano, cuando su matriz o cualquier otra persona jurídica que sea o controlada directa o indirectamente por la matriz, incurra en conductas de soborno trasnacional.
Por último, llamamos su atención sobre la medida de descuento del 2% del puntaje máximo obtenible en procesos de selección, a los proponentes que durante el año anterior a su participación hayan sido objeto de aplicación de sanciones o cláusulas penales por parte de entidades estatales.
Para conocer el texto completo de la Ley, puede acceder aquí:
Autor: Santiago Garzón I [email protected] I Contratación Estatal e Infraestructura