La Superintendencia de Industria y Comercio fija la tasa para el trámite de control de integraciones empresariales
La Ley 2010 de 2019 había autorizado el cobro de una tasa para el trámite de control de integraciones empresariales a cargo de la Superintendencia de Industria y Comercio (“SIC”), cuyo valor debería ser fijado por la entidad.
Durante el año 2020, la SIC no estableció ningún monto para la tasa, pero el pasado 27 de enero profirió la Resolución 2103 de 2021, mediante la cual estableció las siguientes tasas para el trámite autorización de integraciones empresariales así:
- Para presentar una notificación (integraciones que cumplen los requisitos para informar, en las que las partes tiene una participación conjunta en los mercados relevantes inferior al 20%):
COP$2.620.000 (aproximadamente US$750).
- Para presentar una solicitud de preevaluación (integraciones que cumplen los requisitos para informar, en las que las partes tiene una participación conjunta en los mercados relevantes superior al 20%), se ha establecido un cobro diferenciado para cada fase del trámite así:
- Por la presentación de la solicitud de preevaluación para iniciar la Fase 1 del trámite y determinar si hay preocupaciones competitivas:
COP$14.200.000 (aproximadamente US$4.100)
- Si la SIC determina que la transacción presenta preocupaciones competitivas es necesario iniciar la Fase 2 o estudio de fondo, se han establecido las siguientes subreglas:
- Si durante el año fiscal anterior al de la operación proyectada los interesados hubieran tenido, individual o conjuntamente, ingresos operacionales o activos mayores o iguales a tres veces el valor de los umbrales fijados de reporte para el año correspondiente:
COP$37.380.000 (aproximadamente US$10.800)
- Si durante el año fiscal anterior al de la operación proyectada los interesados hubieran tenido, individual o conjuntamente, ingresos operacionales o activos mayores o iguales a dos veces e inferiores a tres veces el valor de los umbrales fijados de reporte para el año correspondiente:
COP$31.770.000 (aproximadamente US$9.200)
- Si durante el año fiscal anterior al de la operación proyectada los interesados hubieran tenido, individual o conjuntamente, ingresos operacionales o activos inferiores a dos veces el valor que los umbrales fijados de reporte para el año correspondiente:
COP$26.160.000 (aproximadamente US$7.550)
El valor de la tasa deberá pagarse antes de iniciar el trámite correspondiente y allegarse prueba del pago junto con los documentos e información presentada.
La siguiente tabla resume los valores de las tasas aplicables para 2021:

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