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  • Legal Update, Patentes

Nuevas disposiciones en el trámite de solicitudes de patentes en Colombia

  • octubre 1,2020
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Nuevas disposiciones en el trámite de solicitudes de patentes en Colombia

Mediante la Resolución 59669 de 2020, la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) ha modificado algunos aspectos del trámite de solicitudes de patente. Estos cambios están relacionados con las solicitudes divisionales, los exámenes de patentabilidad, y el reconocimiento del resultado de exámenes de patentabilidad de solicitudes extranjeras (PPH).

A continuación, se describen los puntos más relevantes de dicha Resolución:

Solicitudes divisionales:

Presentación de solicitudes divisionales y modificaciones en éstas:

Al momento de presentar una solicitud divisional, ya no se requerirá realizar una división literal y consecutiva del capítulo reivindicatorio. De esta manera, sólo se requerirá que la materia reclamada en la solicitud divisional no abarque la materia actualmente reclamada en la solicitud parental ni en otras solicitudes divisionales.

De igual manera, ya no se deberá limitar el alcance de la descripción, las figuras y el listado de secuencias de la solicitud divisional con base en la división realizada, sino que dichas secciones de la solicitud deberán ser iguales a las presentadas originalmente en la solicitud parental.

Una vez aceptada la solicitud divisional, no se podrá modificar para incluir materia reivindicada en la solicitud parental, ni en otras solicitudes divisionales. Asimismo, el capítulo reivindicatorio de la solicitud parental no se podrá modificar para incluir la materia de una solicitud divisional a menos que la oficina de patentes así lo requiera.

Examen de patentabilidad:

Emisión de exámenes de patentabilidad adicionales:

De ahora en adelante, no existirá el límite de tres (3) exámenes de patentabilidad para una solicitud de patente, sino que el examinador podrá emitir todos los exámenes de patentabilidad que considere necesarios.

Por otra parte, el solicitante tendrá la posibilidad de solicitar hasta dos (2) exámenes de patentabilidad adicionales, realizando el pago de la tasa correspondiente. Esta solicitud se podrá realizar independientemente de si se realizan o no modificaciones en la solicitud.

Pago por modificación y examen de patentabilidad:

Todas las modificaciones realizadas al capítulo reivindicatorio, figuras, descripción o listado de secuencias, deberán estar acompañadas del pago de la tasa de modificación correspondiente.

Adicionalmente, si la modificación realizada en respuesta a un concepto técnico contempla materia que no ha sido objeto de estudio previamente, el examinador podrá requerir el pago de la tasa correspondiente para la realización de un examen de patentabilidad adicional.

Reconocimiento del resultado de exámenes de patentabilidad efectuados a solicitudes extranjeras (PPH)

La solicitud del reconocimiento del resultado de exámenes de patentabilidad efectuados por oficinas extranjeras, por medio del acuerdo de PPH, ya no estará limitada a realizarse hasta el momento de solicitar el examen de patentabilidad, sino que podrá efectuarse hasta antes de la notificación del primer requerimiento de fondo.

Lo anterior también aplicará para solicitudes divisionales, incluso si ésta fue presentada durante la etapa del examen de fondo de la solicitud parental.

Es pertinente resaltar que actualmente, Colombia tiene acuerdos de PPH vigentes con Europa, Estados Unidos, España, Corea del Sur, Japón, Prosur, Alianza Pacífico y PPH Global.

Las nuevas disposiciones aquí resumidas entraron en vigor a partir del lunes 28 de septiembre de 2020.

Autores
Ana María Castro | [email protected] | Patentes
Néstor Bejarano | [email protected] | Patentes
Maria Cortés | [email protected] | Patentes
Andrea Rodriguez | [email protected] | Patentes

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