Nuevos convenios para evitar la doble imposición suscritos por Colombia y Convenio de intercambio de información con Estados Unidos
1. Convenio para evitar la doble imposición con México en materia de impuesto sobre la renta e impuesto al patrimonio
A pesar de que este convenio entró en vigor el 11 de Julio de 2013, los efectos de este convenio recaerán sobre las operaciones que se lleven a cabo a partir del 01 de enero del año gravable 2014, toda vez que el convenio trata sobre los impuestos de renta y patrimonio cuya periodicidad es anual.
2. Acuerdo para intercambio de información tributaria con Estados Unidos
Este “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y el Gobierno de los Estados Unidos de América para el Intercambio de Información Tributaria” –Aprobado mediante Ley 1666 del 16 de Julio de 2013-, pasó el control de constitucionalidad mediante sentencia C-225 del 04 de abril de 2014.
El canje de notas entre ambos Estados se produjo el 06 de mayo de 2014, momento en el cual se entiende como aplicable.
Este convenio tiene particular importancia para la aplicación de la ley FATCA de Estados Unidos, la cual entra en vigencia el 01 de julio de 2014.
3. Convenio para evitar la doble imposición con Corea para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto sobre la renta
Este “Convenio entre la República de Corea y la República de Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto sobre la renta” –Aprobado mediante Ley 1667 del 16 de Julio de 2013- pasó el control de constitucionalidad mediante sentencia C-260 del 23 de abril de 2014.
4. Convenio para evitar la doble imposición con India para prevenir la evasión fiscal en relación al impuesto sobre la renta
Este “Acuerdo entre el Gobierno de la República de Colombia y la República de la India para evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto sobre la renta” – Aprobado mediante Ley 1668 del 16 de Julio de 2013- pasó el control de constitucionalidad mediante sentencia C-238 del 09 de abril de 2014.
Los efectos de este convenio recaerán sobre las operaciones que se lleven a cabo a partir del 01 de enero del año gravable 2015.
5. Convenio celebrado por Colombia, aprobado por el Congreso y enviado a control constitucional
El siguiente convenio fue aprobados por el Congreso de la República y será objeto de control constitucional antes de poder entrar en vigencia:
- Convenio entre la República Portuguesa y la República de Colombia para evitar la doble imposición y para prevenir la evasión fiscal en relación con el impuesto sobre la renta –Aprobado mediante Ley 1692 del 17 de diciembre de 2013.
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