De conformidad con lo establecido por la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio, los responsables del tratamiento de datos personales obligados a registrar sus bases de datos en el Registro Nacional de Bases de Datos (RNBD) deben realizar dentro de los primeros quince (15) días hábiles de agosto, es decir que a más tardar el 23 de agosto de 2021 se deben reportar los reclamos (positivos o negativos) que hayan presentado los titulares de la información en el semestre anterior (enero a junio de 2021).
Estaremos atentos a aclarar sus inquietudes o a apoyarlos en lo que requieran para cumplir con la anterior obligación.
Autor: María Alejandra De Los Ríos I [email protected] I Privacidad y Protección de Datos