Circular Externa No. 100-000007 del 5 de mayo de 2021
La Superintendencia de Sociedades ha establecido el plazo para el envío del Reporte de Gestión BIC
La Superintendencia de Sociedades (la “Superintendencia”) ha emitido la Circular Externa No. 100-000007 del 5 de mayo de 2021 (la “Circular”) por medio de la cual estableció el plazo para el envío del Reporte de Gestión BIC (el “Reporte”) de las sociedades de Beneficio e Interés Colectivo (“BIC”).
En ese sentido, la Circular estableció los siguientes aspectos a las sociedades BIC:
- Documentos a presentar: Se debe enviar a la Superintendencia (i) copia del Reporte, (ii) extracto del acta del máximo órgano social en la que se presentó y aprobó el Reporte y (iii) el soporte de haber
publicado el Reporte en la página web de la sociedad o de haber estado disponible en su domicilio. - Plazo para el 2021: Para el 2021 las sociedades BIC deberán enviar la documentación antes mencionada a más tardar el 31 de julio de 2021.
- Plazo para el 2022 y demás años: Para el 2022 y demás años, las sociedades BIC deberán enviar la documentación antes mencionada a más tardar el 30 de abril de cada año.
- Forma de envío de la documentación: La documentación antes mencionada debe remitirse al correo electrónico [email protected], dirigido al Grupo de Supervisión de Sociedades
BIC.
Autor: Raúl Vargas I [email protected] I Derecho Corporativo