Desde Lloreda Camacho & Co. queremos recordarles que se aproxima la fecha límite para la presentación del Informe 75, una obligación formal para todas las compañías sujetas a los sistemas de cumplimiento SAGRILAFT y/o PTEE, según lo establecido por la Superintendencia de Sociedades a través de la Circular Básica Jurídica (Capítulos X y XIII).
¿Cuándo debe presentarse?
Las fechas de presentación dependen de los dos últimos dígitos del NIT de cada sociedad. A continuación, compartimos la tabla oficial de radicación:
| Últimos dos dígitos del Número del NIT | Fecha máxima en la que se deben presentar |
| 01 – 10 | 15 de julio de 2026 |
| 11 – 20 | 16 de julio de 2026 |
| 21 – 30 | 17 de julio de 2026 |
| 31 – 40 | 21 de julio de 2026 |
| 41 – 50 | 22 de julio de 2026 |
| 51 – 60 | 23 de julio de 2026 |
| 61 – 70 | 24 de julio de 2026 |
| 71 – 80 | 27 de julio de 2026 |
| 81 – 90 | 28 de julio de 2026 |
| 91 – 00 | 29 de julio de 2026 |
No olvide que los plazos de presentación son improrrogables y obligatorio cumplimiento para las compañías obligadas.
¿Qué cambia este año?
A partir de 2025, el Informe 75 debe radicarse exclusivamente a través del sistema SIRFIN, conforme a lo indicado en la Circular Externa 100-000002 del 14 de marzo 2025 Esto implica que las compañías deberán tener previamente configurado el acceso a la plataforma y descargado el aplicativo XBRL Express desde el Módulo SIRFIN.
¿Cuáles son las consecuencias del incumplimiento?
No presentar el Informe 75 dentro del término señalado puede generar sanciones de hasta de doscientos salarios mínimos legales mensuales vigentes (200 SMLM, sin perjuicio de las demás medidas administrativas que la Superintendencia de Sociedades considere procedentes en cada caso.
Para el año 2026, esta sanción podría ascender aproximadamente a COP $400.000.000, equivalente a cerca de USD $108.100, calculado con una tasa de cambio de referencia de COP $3.700 por dólar estadounidense.
En Lloreda Camacho & Co. estamos a su disposición para acompañarlos en el cumplimiento de esta obligación, asegurando una presentación adecuada y oportuna del Informe 75 ante la Superintendencia de Sociedades.Contáctenos para recibir asesoría personalizada y evitar cualquier contratiempo.