Registro Único de Beneficiarios finales -RUB-
“El Gobierno Nacional reguló la obligación de reportar en el Registro Único de Beneficiarios finales -RUB- a los beneficiarios finales de personas jurídicas y de estructuras sin personería jurídica legalmente constituidos en Colombia, con el fin de cumplir los compromisos adquiridos con la OCDE en materia de transparencia, intercambio de información, lucha contra el lavado de activos y financiación del terrorismo”.
Recuerde que esta obligación de reporte debe cumplirse electrónicamente a más tardar el 31 de julio de 2023, so pena de estar expuesto a la imposición de las sanciones consagradas en los artículos 658-3 y 651 del Estatuto Tributario.
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Autor: Luis Felipe Paredes I [email protected] I Derecho Tributario / Juan Fernando Díaz I [email protected] I Derecho Tributario