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  • Life Sciences, Legal Update

Vacunación por entidades privadas Resolución 507 de 2021

  • abril 22,2021
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Vacunación por entidades privadas Resolución 507 de 2021


La Resolución 507 de 2021 el Ministerio de Salud y Protección Social estableció los requisitos y condiciones para la importación, adquisición y aplicación de vacunas contra el Covid-19 por entidades privadas.

La Resolución establece que solo podrán importar a Colombia vacunas contra el Covid-19 las personas jurídicas que se encuentren autorizadas dentro de la Autorización Sanitaria de Uso de Emergencia (ASUE). En ese sentido, hay dos vías para adquirir las vacunas: i) importación directa o ii) negociación con los importadores autorizados. Para ser importador se requerirá autorización del titular de la ASUE y así ser incluido en dicha autorización.

Todo nuevo importador deberá cumplir con las condiciones que dieron origen a la autorización de la ASUE incluido a las condiciones de almacenamiento, el cumplimiento a las obligaciones de farmacovigilancia y trazabilidad, etiquetado, entre otros.

El régimen de responsabilidad especial establecido en el artículo 5 de la Ley 2064 de 2020 no será aplicado para las vacunas que sean suministradas por privados, por lo tanto, aplicarán las normas generales de responsabilidad extracontractual.

Por otro lado, en relación con la aplicación de las vacunas, estas deberán aplicarse en los establecimientos habilitados para prestar servicio de vacunación por las entidades locales o regionales competentes. Las entidades privadas pueden usar la red utilizada por el Plan Nacional de Vacunación contra el Covid-19. Sin embargo, no se podrán utilizar los mismos puntos de vacunación o equipos utilizados por el Gobierno Nacional para la población general.

Las personas jurídicas de derecho privado podrán aplicar vacunas a los empleados. Es posible establecer una agenda de priorización para administrar las vacunas entre empleados, pero las empresas no pueden excluir a ningún empleado. Se nos informó que el Gobierno aclarará la Resolución indicando que una vez que todos los empleados estén vacunados, también podrán vacunar a las familias de los empleados.

El proceso de vacunación se realizará de forma gratuita.

Las empresas podrán realizar la negociación e importación de vacunas Covid-19 a partir del 21 de abril de 2021, pero su administración solo se permitirá una vez que se inicie la etapa 3 del Plan Nacional de Vacunación. Es decir, después que las personas mayores de 60 años o más y los trabajadores de la salud estén vacunados. La fecha exacta será publicada por el Ministerio de Salud.

Autor: Daniel Cardona I [email protected] I Life Sciences
Autor: Juan Carlos Orjuela I [email protected] I Life Sciences

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