En enero del 2018, la SIC mediante la expedición del Decreto 090 de 2018, redujo el universo de sujetos que deben cumplir con la obligación de registrar sus bases de datos en el sistema dispuesto por la SIC y modificó los plazos para realizar el registro de bases de datos ante dicha entidad. En este sentido, el primer plazo otorgado vence el próximo 30 de septiembre de 2018.
El plazo que vence en dicha fecha aplica para las sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 610.000 UVT (COP$20.225.160.000).
El 30 de noviembre de 2018 vence el plazo para sociedades y entidades sin ánimo de lucro que tengan activos totales superiores a 100.000 UVT (COP$3.315.600.000) y hasta 610.000 UVT (COP$20.225.160.000). Finalmente, las personas jurídicas de naturaleza pública tienen hasta el 31 de enero de 2019 para realizar el citado registro.
Les recordamos que dentro del citado registro será necesario suministrar por cada base de datos al menos la siguiente información:
- Datos del Responsable del tratamiento
- Datos del Encargado del tratamiento
- Canales para el ejercicio de derechos
- Nombre y finalidad de la base de datos
- Forma del tratamiento de datos (manual y/o automatizada)
- Política de tratamiento de la información
Información almacenada en la base de datos. - Medidas de seguridad de la información
- Procedencia de datos personales
- Información sobre realización de transferencias y/o transmisiones internacionales de datos personales.
- Cesión o transferencia nacional de la base de datos
- Reporte de novedades (reclamos de titulares y/o incidentes de seguridad)